USCIS Reunificaci贸n familiar para Colombia, Guatemala, Honduras y El Salvador
Los procesos de permiso de reunificación familiar (FRP) están disponibles solo por invitación para un peticionario que presentó un Formulario I-130 aprobado, Petición de familiar extranjero, en nombre de un beneficiario principal que es nacional de Colombia, El Salvador, Guatemala u Honduras. de, y sus familiares inmediatos. Estos procesos permiten que un beneficiario elegible sea considerado para la libertad condicional en los Estados Unidos solo caso por caso mientras esperan que su visa de inmigrante basada en la familia esté disponible.
Las invitaciones para participar en estos procesos se envían por correo a ciertos peticionarios cuyo Formulario I-130 ya está aprobado. Los peticionarios que reciben invitaciones pueden presentar el Formulario I-134A, Solicitud en línea para ser patrocinador y Declaración de apoyo financiero, para beneficiarios principales y derivados del Formulario I-130. Se debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario. Si USCIS confirma la suficiencia del Formulario I-134A de un peticionario, el DHS completará la investigación de seguridad de cada beneficiario y considerará a cada beneficiario para una autorización de viaje anticipada caso por caso. Si se emite una autorización de viaje anticipada al beneficiario, podrá acudir a un puerto de entrada interno de los EE. UU. para solicitar una concesión discrecional de libertad condicional. Si se les otorga la libertad condicional, pueden esperar en los Estados Unidos hasta que su visa de inmigrante esté disponible y luego solicitar el ajuste de estatus al de residente permanente legal, si son elegibles. Las personas que están en libertad condicional en los Estados Unidos bajo estos procesos pueden solicitar autorización de empleo al llegar a los Estados Unidos.