¿Por qué solicitar la salida voluntaria en lugar de la expulsión?
Si no tiene esperanzas de que le permitan permanecer en los EE. UU., Pero es posible que desee regresar en el futuro, la salida voluntaria es una opción útil.
Si se encuentra en un proceso de deportación y no tiene una forma de legalizar su estado, es probable que sea una buena idea buscar la salida voluntaria en lugar de esperar una orden de deportación, o peor aún, saltarse las fechas de la corte, en cuyo caso se le garantiza que recibirá una orden de expulsión “in absentia ” .
Una concesión de salida voluntaria permite a un no ciudadano salir de los Estados Unidos en una fecha determinada sin una orden de expulsión en su expediente.
Partir voluntariamente puede proteger a un no ciudadano de las duras consecuencias de una orden de expulsión. Sin embargo, incluso el cumplimiento de una orden de salida voluntaria no necesariamente lo protege de ser declarado inadmisible y de que se le niegue una visa si busca regresar a los Estados Unidos en el futuro.
No obstante, una concesión de salida voluntaria ofrece otros beneficios, como se analiza a continuación.
Consecuencias de la orden de expulsión
Si un juez de inmigración ordena su expulsión (deportación), se le pedirá que salga físicamente de los Estados Unidos en un tiempo determinado. (O, si apela su caso, podrá permanecer en los Estados Unidos hasta que se decida su apelación). La orden de expulsión contendrá la fecha exacta en la que debe partir, que normalmente es 30 días a partir de la fecha de la emisión de la orden de remoción.
Usted enfrenta varias consecuencias si se le ordena la expulsión o, de hecho, se le expulsa de los Estados Unidos. Primero, un no ciudadano al que se le ha ordenado la expulsión no es admisible a los Estados Unidos durante cinco, diez o 20 años, o incluso permanentemente, dependiendo del motivo de la deportación. (Consulte ¿Cuánto tiempo debo esperar después de la deportación antes de regresar a los EE. UU.?)
Si vuelve a ingresar a los EE. UU. Después de la deportación sin permiso (o incluso lo intenta) y lo atrapan, podría ser enviado de regreso a su país de origen sin ver a un juez de inmigración y podría enfrentar cargos penales federales por reingreso ilegal.
Si ha sido deportado pero tiene una nueva base sobre la cual solicitar una visa o tarjeta verde, puede solicitar un permiso especial para solicitar la readmisión en los Estados Unidos (utilizando el Formulario I-212 de USCIS ). Sin embargo, no se garantiza la aprobación de una solicitud de readmisión. De hecho, es muy difícil de obtener, especialmente porque se considerará la razón subyacente de la deportación.
Otra preocupación práctica con la deportación es el marco de tiempo. Un mero 30 días no es mucho tiempo para resolver sus asuntos financieros y personales en los Estados Unidos, particularmente si ha estado aquí por mucho tiempo y tiene propiedades personales, bienes raíces o vínculos comunitarios sustanciales.
Beneficios de la salida voluntaria
La salida voluntaria tiene una serie de beneficios sobre una orden de expulsión. Lo más importante es que salir de los Estados Unidos con una salida voluntaria, en lugar de ser expulsado por un juez de inmigración, significa que no es automáticamente inadmisible de los Estados Unidos durante un número determinado de años.
Además, una concesión de salida voluntaria conlleva un plazo de 60 o 120 días. Eso le da más tiempo para cerrar cuentas bancarias, rescindir contratos de arrendamiento, vender bienes raíces y propiedad personal, visitar amigos y familiares y hacer arreglos de vivienda en el futuro. Además, la salida voluntaria no conlleva el estigma de la deportación y le permite al gobierno evitar pagar los costos asociados con su expulsión.
Inconvenientes de la salida voluntaria
Debería considerar algunos inconvenientes de la salida voluntaria. En primer lugar, las consecuencias de no salir de los Estados Unidos son graves, como se describe en Salida voluntaria: ¿Qué sucede si no abandona los Estados Unidos?
En segundo lugar, incluso si se marcha voluntariamente, es posible que aún enfrente problemas de inmigración si desea regresar a los Estados Unidos. Por ejemplo, si estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos por un período continuo de más de 180 días pero menos de 365 días, se enfrenta a una prescripción de tres años al regresar a los Estados Unidos.
Si estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos durante más de un año, se enfrentará a una prohibición de diez años al regresar, incluso si es elegible para una visa o tarjeta verde. En este caso, sin embargo, podría ser elegible para una exención de inmigración (perdón legal) por la presencia ilegal. Para obtener información sobre esta multa y las posibles exenciones, consulte: Consecuencias de la presencia ilegal en los EE. UU. – Límites de tiempo de tres y diez años
Solicitar la salida voluntaria antes de la audiencia del DHS
Antes incluso de ver a un juez, puede pedirle al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que le otorgue la salida voluntaria. La mayoría de los no ciudadanos hacen este tipo de solicitud después de haber sido arrestados por oficiales de inmigración y quizás puestos en un centro de detención de inmigrantes. El DHS no está obligado a preguntarle si desea la salida voluntaria. Entonces, si esta opción tiene sentido para usted, es mejor solicitar la salida voluntaria de un oficial de inmigración de inmediato.
La ley no establece muchos requisitos de elegibilidad para la salida voluntaria que viene directamente del DHS. Parece que el objetivo es facilitar que el gobierno de los EE. UU. Elabore un plan para su partida. Se espera que salga de los Estados Unidos por su cuenta y se le otorgue hasta 120 días para partir. El DHS puede exigirle que pague una fianza, que permanezca detenido hasta la salida y que salga bajo ciertas garantías.
La salida voluntaria previa a la audiencia no está disponible para un no ciudadano que sea detenido en la frontera de los EE. UU. Además, los delincuentes agravados y los no ciudadanos involucrados en actividades terroristas no son elegibles para la salida voluntaria antes de la audiencia.
Cuando solicita la salida voluntaria del DHS, renuncia a su derecho a solicitar ayuda migratoria en la corte. Aceptar estos términos tiene sentido para los no ciudadanos que no califican para ningún alivio, que desean regresar a su país de origen y que desean evitar procedimientos judiciales costosos y que consumen mucho tiempo. Sin embargo, si cree que puede calificar para una ayuda migratoria, como asilo , cancelación de deportación o ajuste de estatus , es mejor que espere hasta que pueda ver a un juez de inmigración para presentar su caso completo.
Conclusión
El principal beneficio de la salida voluntaria es que, aunque debe salir de los Estados Unidos, no se le prohibirá automáticamente regresar legalmente en una fecha posterior. (Por supuesto, necesitaría calificar y solicitar una nueva visa o tarjeta verde para regresar).
La clave para comprender acerca de su elegibilidad para la salida voluntaria es que depende de cuándo realice la solicitud, ya sea: (1) antes del inicio del proceso de deportación (una audiencia en la corte de inmigración); (2) durante el proceso de deportación, o (3) al concluir el proceso de deportación. Es importante anotar que la salida voluntaria bajo la sección 240B (a) de la Ley no está disponible para los extranjeros recien llegados (arriving alien) a los Estados Unidos y que están (o estarían) en proceso de deportación al momento de su llegada. Consulte la sección 240B (a) (4) de la ley. Sin embargo, la sección 240B (a) (4) de la Ley no debe interpretarse en el sentido de que impide que dichos extranjeros retiren una solicitud de admisión y salgan inmediatamente de los Estados Unidos de conformidad con la sección 235 (a) (4) de la Ley, 8 U.S.C. § 1225 (a) (4) (Suplemento II 1996).
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