Eb-2 NIW - Visa de Exención por Interés Nacional para Médicos (NIW)

Visa de Exención por Interés Nacional para Médicos (NIW)

En The Law Office of Luis Victoria, P.A., entendemos la importancia de proporcionar información detallada y precisa sobre las opciones de inmigración para profesionales médicos. Hoy, nos enfocaremos en la Visa de Exención por Interés Nacional (NIW) para Médicos, una oportunidad valiosa para aquellos médicos que desean ejercer en áreas desatendidas de Estados Unidos.

1. Propósito, Antecedentes y Autoridad Legal

La Ley de Alivio de Enfermería para Áreas Desfavorecidas de 1999 enmendó la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) para establecer una exención por interés nacional (NIW) del proceso de certificación laboral permanente del Departamento de Trabajo (DOL) para ciertos médicos que solicitan la clasificación de profesionales con títulos avanzados o habilidades excepcionales.

Autoridades Estatutarias y Reglamentarias

La USCIS concede una NIW del requisito de oferta de trabajo, y por lo tanto del requisito de certificación laboral permanente, para cualquier médico que busque la clasificación de profesional con título avanzado o habilidad excepcional si el médico:

  • Acepta trabajar a tiempo completo como médico en un área designada por el Secretario de Salud y Servicios Humanos como una zona con escasez de profesionales de la salud, o en una instalación de salud bajo la jurisdicción del Secretario de Asuntos de Veteranos; y
  • Una agencia federal o un departamento de salud pública de cualquier estado ha determinado previamente que el trabajo del médico en dicha área o instalación es de interés público.

El médico no puede recibir el estatus de residente permanente hasta que haya trabajado a tiempo completo como médico durante un total de 5 años en el área de escasez, o 3 años si el médico solicitó la NIW antes del 1 de noviembre de 1998.

Regulación y Cumplimiento

El 6 de septiembre de 2000, el INS (ahora USCIS) emitió una regla provisional que implementa las disposiciones de la NIW para médicos. Las regulaciones permiten la presentación de una NIW para médicos y una solicitud de ajuste sin que el médico haya completado primero los 3 o 5 años de servicio en áreas de escasez. Las regulaciones incluyen disposiciones que:

  • Requieren que los médicos que tuvieron una NIW denegada antes del 12 de noviembre de 1999 completen el requisito de servicio de 5 años en lugar de 3 años.
  • Requieren que los médicos con NIW cumplan con los requisitos de presentación de informes, incluyendo la presentación de pruebas iniciales dentro de los 120 días posteriores a la finalización del segundo año de servicio y pruebas adicionales dentro de los 120 días posteriores a la finalización del quinto año de servicio para establecer que todavía estaban involucrados en la práctica médica que fue la base para la aprobación de la NIW.
  • Limitan la elegibilidad de la NIW a médicos que practicaron en una especialidad médica que estaba dentro del alcance de la designación de escasez para el área geográfica.

Caso Schneider v. Chertoff

En el caso Schneider v. Chertoff, el Noveno Circuito dictaminó que tres disposiciones reglamentarias estaban fuera del alcance del lenguaje estatutario. La corte sostuvo que la práctica médica completada antes de la aprobación de la petición basada en empleo (excepto la práctica médica como no inmigrante J-1) cuenta para el requisito de servicio. También determinó que los médicos con NIW que tenían peticiones de visa de inmigrante presentadas en su nombre antes del 1 de noviembre de 1998, pero denegadas antes del 12 de noviembre de 1999, solo necesitan cumplir con el requisito de servicio de 3 años.

La USCIS sigue comprometida con avanzar la intención del Congreso de proporcionar atención médica de calidad en áreas designadas como desatendidas. Sin embargo, la USCIS no está obligada a permitir que un médico con una NIW aprobada y una solicitud de ajuste pendiente continúe recibiendo autorización de trabajo y viaje interina por un período ilimitado sin alguna evidencia de que el médico está persiguiendo o tiene la intención de perseguir el tipo de servicio médico que fue la base para la aprobación de la NIW.

2. Elegibilidad

Los requisitos básicos de elegibilidad para el médico son:

  • El peticionario ha presentado una petición bajo INA 203(b)(2), junto con la solicitud de NIW para médicos.
  • El médico acepta trabajar a tiempo completo en una práctica clínica que brinde atención primaria o especializada en un área desatendida o en una instalación de atención médica del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) durante un total de 5 años.
  • Una agencia federal o un departamento de salud pública estatal, con jurisdicción sobre el área médicamente desatendida, ha determinado que el trabajo del médico en el área desatendida o en la instalación del VA es de interés público.

3. Evidencia

Los médicos que buscan una NIW basada en el servicio en un área desatendida o en una instalación del VA deben presentar la siguiente documentación suplementaria con la petición:

  • Contrato de empleo o carta de compromiso de empleo que cubra el período requerido de práctica médica clínica.
  • Carta de interés público de la agencia federal o del departamento de salud pública estatal que certifique que el trabajo del médico es o será de interés público.
  • Si un médico adquirió experiencia con más de un empleador, el expediente debe contener evidencia de todo el servicio en un área desatendida o en una instalación del VA.
  • El médico debe presentar evidencia para demostrar que ha cumplido con todos los demás requisitos de elegibilidad para la clasificación como persona con un título avanzado o habilidades excepcionales, además de la certificación laboral permanente.

La Ley de Alivio de Enfermería de 1999 requiere que USCIS reconozca las designaciones de profesionales de la salud de HHS sin limitación a la atención primaria. Por lo tanto, USCIS reconoce a los médicos con NIW en atención primaria y especializada.

En The Law Office of Luis Victoria, P.A., estamos dedicados a asistir a los médicos en el proceso de obtención de la visa NIW, asegurándonos de que se cumplan todos los requisitos necesarios para presentar una petición exitosa. Si tienes alguna pregunta o necesitas asistencia con tu caso, no dudes en contactarnos al WhatsApp +1(305) 482-1595. Estamos aquí para ayudarte a avanzar en tu carrera profesional en los Estados Unidos.

¿Desea Una Consulta Legal!?

Llamenos o escribanos vía WhatsApp al:

+1305-482-1595
Estamos en Miami, FL USA, atendemos personas de todos los 50 estados de los Estados Unidos y del resto del mundo.
Es importante que usted tenga un previo análisis de su caso con el abogado, con el propósito de
que usted conozca las diferentes alternativas para la solución de su problema legal.

La información del sitio web de la Oficina Legal de Luis Victoria, P.A. está destinado únicamente a fines informativos generales y no debe considerarse asesoramiento legal. Los visitantes del sitio web no deben actuar según la información aquí contenida sin buscar asesoramiento legal profesional. El contenido de este sitio web no pretende crear, y su recepción no constituye, una relación de abogado-cliente entre el usuario y The Law Office of Luis Victoria, P.A. Si bien nos esforzamos por mantener la información del sitio web precisa y actualizada, no hacemos representaciones ni garantías de ningún tipo, expresas o implícitas, sobre la integridad, exactitud, confiabilidad, idoneidad o disponibilidad con respecto al sitio web o la información, productos, servicios o gráficos relacionados contenidos en el sitio web para cualquier propósito. Para obtener asesoría legal y un análisis de su caso particular, es fundamental programar una consulta con un abogado de nuestra oficina. Por favor comuníquese con la Oficina Legal del Abogado Luis Victoria, P.A. directamente para discutir sus necesidades legales específicas, y si desea establecer una relación abogado-cliente, debe firmar un contrato por la prestación de los servicios legales. Agradecemos la oportunidad de ayudarle con sus asuntos legales. The information on The Law Office of Luis Victoria, P.A. website is intended for general informational purposes only and should not be construed as legal advice. Visitors to the website should not act upon the information contained herein without seeking professional legal counsel. The content on this website is not intended to create, and receipt of it does not constitute, an attorney-client relationship between the user and The Law Office of Luis Victoria, P.A. While we strive to keep the information on the website accurate and up-to-date, we make no representations or warranties of any kind, express or implied, about the completeness, accuracy, reliability, suitability, or availability with respect to the website or the information, products, services, or related graphics contained on the website for any purpose. To obtain legal advice and an analysis of your particular case, it is essential to schedule a consultation with an attorney from our office. Please contact The Law Office of Luis Victoria, P.A. directly to discuss your specific legal needs, and if you wish to establish an attorney-client relationship, you must sign a retainer agreement. We welcome the opportunity to assist you with your legal matters.